Por las razones expuestas, se acuerda lo propuesto por la parte demandada DELL ACQUA, C.A. debiendo quien decide, dejar sin efecto la certificación de la notificación por parte de la Secretaria del Tribunal, a los fines computar el lapso de comparecencia para la celebración de la audiencia preliminar, y se repone la presente causa al estado de fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, en consecuencia, a partir de la presente fecha, comenzará a computarse el lapso de cuatro (04) días continuos que se conceden como término de la distancia, y vencido el mismo, comenzará a computarse el lapso de diez (10) días hábiles para la celebración de la audiencia preliminar, la cual se realizará a las nueve de la mañana (09:00 a.m.)
En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del.....