DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la acción de COBRO DE BENEFICIOS LABORALES, interpuesta por los ciudadanos, RAMON JESUS JIMENEZ PIÑA, ALIRIO ANTONIO GUAMO, Y JORVIS JOVANY ACOSTA PEREZ, titulares de las cedulas de identidad nº 4.839.560, 7.688.520 y 17.250.814 respectivamente, contra la entidad de trabajo Y & V INGENIERIA y CONSTRUCCION C.A. Y así se declara.
No se condena en costas a las partes codemandantes por no quedar evidenciado en los autos que éstos percibían más de tres (03) salarios mínimos de manera mensual, de conformidad a lo señalado en el artículo 64 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Regístrese, Publíquese y déjese copia.
Dada, Firmada y sellada en la sala de despacho del JUZGADO CUARTO.....