Se reproduce por escrito sentencia en la cual se declara DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el Tercero Recurrente ciudadano AUGUSTO RODRIGUES DA SILVA, debidamente representado por el ciudadano Abogado JOSÉ VICENTE LAYA OLIVEROS, al no comparecer a la audiencia oral y publica y CONFIRMA el AUTO dictado por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en fecha 26-abril-2007, que declaro improcedente por Extemporánea la Oposición a la Medida de Embargo, planteada por el Tercero ciudadano AUGUSTO RODRIGUES DA SILVA; e impugnado mediante recurso de apelación.-