En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado FRANCISCO ANTONIO GONZALEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 156.090, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARLY ANDREINA BRACHO MONTERO. Así se establece.
SE MODIFICA sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 30 de abril de 2014, que declaró SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARLY ANDREINA BRACHO MONTERO, contra SINOHYDRO VENEZUELA C.A. por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales. Así se declara.
Se declara PARCIALMENTE CON LUG.....