Razón por la cual este Tribunal repone la presente causa, al estado en que la secretaria realice la certificación de los carteles de notificación librados en fecha 05 de febrero de 2013 y consignados por el alguacil en fecha 17 de abril del mismo año, de conformidad con el artículo 128 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para que tenga lugar la audiencia preliminar, sin necesidad de realizar la notificación de los mismo por encontrarse estos a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.