Visto el desistimiento efectuado por la abogada YERINA QUINTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 77.758, actuando en su propio nombre y representación, de este domicilio, el Tribunal da por consumado el Desistimiento efectuado y acuerda tenerlo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, como se solicita se acuerda devolver los originales solicitados, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de los mismos, expídanse las copias de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.