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DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia Nº 512/2023 dictada en fecha 21 de noviembre de 2023, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Rubí, Cataluña, Barcelona, Reino de España, que disolvió el matrimonio de los ciudadanos VANESSA FELGUEIRAS MARTINS y RAFAEL VICENTE CALABUIG GOUDET.
De conformidad con lo previsto en el artículo 475 del Código Civil, se ordena remitir copia certificada de la presente decisión a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia, estado Carabobo y al Registro Principal.
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