En orden a los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara HOMOLOGADA la transacción celebrada en la causa intentada por el ciudadano HANIEL PADRON, contra TRANSPORTE ITAL VAL C.A. Se hace entrega de los escritos de pruebas y sus anexos a los promovientes.