DECLARA DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por la abogada LOREDANA GREATTI en su carácter de apoderada judicial de los demandantes DINO SEGUNDO PATTY CORTES, GIANI GIORRDANO DI GIUSTO BOLAÑOS, JOSE DE LAS ROSAS RABAN ARTEAGA, JOSE LORENZO ALVARANGA LOPEZ, JOSE MANUEL ROMERO COLINA, LUIS ENRIQUE LUKERT GONZALEZ y JAVIER CHAURIO, de conformidad con la diligencia suscrita. y en consecuencia se procede como sentencia Pasada por Autoridad de Cosa Juzgada. Y así se decide.
CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en fecha 26 de febrero de 2008, que declaró la caducidad de la acción, contra las entidades mercantiles PETROLEOS DE VENEZUELA S.A (PDVSA) y CONSORCIO OTEPI-INELECTRA-SADEVEN-TOYO, de las características que constan en autos e impugnada mediante recurso de apelación. Y así se decide.-
.....