Hoy, 07 DE FEBRERO DE 2007, SIENDO LAS 10:00 AM. Para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: JAIME ALEJANDRO PARRADO, titular de la Cédula de Identidad Nro.12.710.931, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia igualmente de la presencia de: 1) por la parte demandada VEPRECA, C.A., mediante su apoderada judicial, CLAUDIA GUANIPA inscrita en el Inpreabogado bajo el número 80.031, según consta de instrumento poder autenticado por ante la Notaria Publica Cuarta de Maracay, Estado Aragua, en fecha 08-10-04, bajo el No.61, Tomo.93, el cual presenta para su vista y devolución. Igu.....