AUTO QUE OYE APELACIÓN EN EL SOLO EFECTO DEVOLUTIVO
Visto el escrito de apelación presentado por la abogada en ejercicio GIUSTINA GIORDANO NAPPI, inscrita en el Inpreabogado bajo en Nº 101.517, actuando en su carácter de autos, en contra del auto de fecha 17 de Diciembre de 2009, (Pieza Nº 3 Folio 14) este tribunal la oye en el solo efecto devolutivo. En consecuencia se ordena la remisión de las copias que indique la apelante y este Tribunal al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con competencia en el Territorio de los Estados Cojedes, Aragua y Carabobo, con sede en San Carlos.