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Decisiones del dia 06/12/2017

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 11054 N° Sentencia : Fecha: 06/12/2017
Procedimiento:
Desalojo (Vivienda)
Partes:
CIUDADANA MARIBEL MOLINA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-11.357.192, Y DE ESTE DOMICILIO, A TRAVÉS DE SU APODERADA JUDICIAL ABOGADA MAYRA COLMENARES CASTAÑEDA, DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 128.240, EN CONTRA DEL CIUDADANO JUAN ERNESTO ENTRENA MONTES, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-5.372.998
Resumen:
Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por DESALOJO DE VIVIENDA fuera incoada por la Ciudadana MARIBEL MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.357.192, y de este domicilio, a través de su Apoderada Judicial Abogada MAYRA COLMENARES CASTAÑEDA, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 128.240, en contra del Ciudadano JUAN ERNESTO ENTRENA MONTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.372.998, y de este domicilio. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo
Juez/Ponente:
Fanny Raquel Rodríguez Esposito
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego.
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N° Expediente : 10897 N° Sentencia : Fecha: 06/12/2017
Procedimiento:
Reconocimient De Documento En Su Contenido Y Firma
Partes:
CIUDADANO WILFREDO JOSE MORILLO, CO-DEMANDADO
Resumen:
DECLARA: LA NULIDAD DEL AUTO DE ADMISIÓN de la demanda dictado en fecha 18 de Abril de 2017, y SE REPONE LA CAUSA al estado de admitir nuevamente la demanda conforme al procedimiento correspondiente a un juicio ordinario, lo cual se hará mediante auto separado; todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se declara la Nulidad de todo lo actuado, vale decir, desde el auto inserto al folio siete (7) hasta el Acta inserta al folio cuarenta y nueve (49); todo con el fin ultimo de otorgarle al justiciable una tutela judicial efectiva. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Fanny Raquel Rodríguez Esposito
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego.
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