En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada CELENE ALFONZO, actuando en su carácter de apoderada judicial del demandante, ciudadano, OMAR ANTONIO MACHADO. Así se establece.-
CONFIRMA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en fecha 21 de mayo de 2013, que declaró parcialmente con lugar, la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano OMAR ANTONIO MACHADO, contra la entidad mercantil RODAVIAL, C.A.. Así se establece.-
RATIFICA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano, OMAR ANTONIO MACHADO, contra la demand.....