Este Tribunal NIEGA LA PRACTICA DE DILIGENCIAS SOLICITADAS AL TRIBUNAL por el Abogado CARLOS TORRELLES, defensor de los ciudadanos GILBERTA GICELA LAMBERTO PRIETO Y RODULFO MATHEUS TORRES, a quienes se les sigue causa signada bajo el N° GP01-P-2007-013202, por la presunta comisión del delito de OBSTACULIZACION EN VIA PUBLICA, previsto y sancionado en el artículo 357 del Código Penal, en virtud que este Tribunal no es el Órgano competente, sino la Fiscalía del Ministerio a quien le corresponde la practica de las diligencias concerniente a la fase de investigación, por ser el Director de dicha fase; Igualmente NIEGA LA PRUEBA ANTICIPADA, por cuanto dicha solicitud no se ajusta a los supuestos de irreproducibilidad o acto definitivo que justifican su anticipación. Se acuerda la remisión de la presente causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Carabobo. Notifíquese