En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por el ciudadano WUILFREDO GIL RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.196.922, asistido por la abogada MARIA MARTINA SALAS B, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 161.084, Funcionario Público adscrito al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia contra la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN GIL ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.128.472. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 25 de julio del año 2014, .....