En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los Ciudadanos RAFAEL ANTONIO NIETO OJEDA y MARIANGEL VICTORIA LABRADOR MÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-20.315.439 y V-19.990.511, respectivamente, y ambos de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada DORIS LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 150.134; a tenor de lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil y la Sentencia N° 693 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 02 de Junio de 2015, en el expediente N° 12-1163, con Ponencia de la Magistrada Dra. CARMEN ZULETA DE MERC.....