En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado BRÍGIDO GONZALEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES HCL, C.A. Así se decide.
CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 09 de febrero de 2012, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido planteada por el ciudada¬no BRIGIDO ANDRIK ESCARATE GARCIA contra la entidad mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES HCL, C.A, de las características que constan en autos- ordenando el Reenganche y Pago de Salarios Caídos, e impugnada.....