Se DECLARA PROCEDENTE LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA POR LA EMPRESA PIRELLI DE VENEZUELA, C.A. y, en consecuencia, se ordena la suspensión de los efectos de la providencia administrativa Nº 537/2011 de fecha 07 de Diciembre de 2011, dictada en el expediente administrativo Nº 028-2011-01-01055 por la Inspectoría del Trabajo Batalla de Vigirima de los Municipios Guacara, San Joaquín, Los Guayos y Diego Ibarra del Estado Carabobo, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano RAUL GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número 15.541.698, hasta tanto se dicte la sentencia definitiva.