Conforme a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo - Puerto Cabello, actuando en sede Contencioso Administrativa, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, incoado por APS SERVICES, C. A. contra la Providencia Administrativa No. 00022-2015, de fecha 27 de enero de 2015, contenida en el expediente No. 049-2014-01-00706, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Carabobo. SEGUNDO: Visto que el recurso fue declarado sin lugar se levanta la medida cautelar solicitada y acordada en fecha 20 de marzo de 2015. TERCERO: se ordena notificar a la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Carabobo. CUARTO: Por la naturaleza del presente procedimiento.....