RESOLUCION.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del estado Carabobo, con sede en la ciudad de Puerto Cabello administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, incoado por el ciudadano CARLOS EDUARDO VARGAS MONTERO, titular de la cedula de identidad Nº 19.891.630, asistido por la Abogada MARIA LIDUVINA RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 160.087, contra la Entidad de trabajo Y & V INGENIERIA Y CONSTRUCCION, C.A. ; Por Cobro de Diferencia de prestaciones sociales, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado supletoriamente de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, se da por terminada la presente causa, ordenando su archivo definitivo. Y ASÍ SE DEC.....