Por las razones antes expuestas, éste TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer, sustanciar y decidir la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, intentada por la ciudadana CARMEN DALILA RODRIGUEZ AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.253.114, y de este domicilio, asistida por el abogado RAUL GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 306.421, contra el ciudadano LUIS MANUEL DE ABREU VEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.694.513; en consecuencia, ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuere declinada por el TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNI.....