DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR. Todo con motivo la DEMANDA incoado por el ciudadana WENDY DAMELYS GOMEZ RAMOS , titular de la Cédula de Identidad N°11.528.988 PARTE DEMANDANTE, en contra de LUMALAC, C.A. PARTE DEMANDADA En consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar a la demandante la cantidad definitiva de Bs. 33.187,80. Asi se decide.