Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en materia laboral del Estado Carabobo HOMOLOGA la misma con los efectos de COSA JUZGADA LABORAL en los términos expuestos en el Art. 89.02 del Texto de La Constitución Bolivariana de Venezuela, Art. 3º de la LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO y 10º y 11º de su Reglamento, y 133 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo, y se da por terminado el presente procedimiento y se ordena de igual forma el archivo del expediente.
LA JUEZ,
GLADYS MIJARES LUY
LA PARTE ACTORA.,
LA PARTE DEMANDADA.
LA SECRETARÍA