Ambas partes como consecuencia del acuerdo transaccional producido en este acto y en consecuencia terminado el presente procedimiento solicitan al Tribunal proceda al levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 13 de Marzo de 2.001 (folio 176) y notificada al Registro Segundo Circuito Distrito Valencia-Estado Carabobo, mediante oficio Nº 159 en la misma fecha del decreto, que recayera sobre los bienes inmuebles propiedad de la demandada representados por lotes o extensiones de terreno cuya especificación, delimitación y determinación constan en el expediente a través de la certificación de gravamen (folio 171 y 172). El Tribunal visto que el presente procedimiento se ha terminado en forma definitiva mediante la suscripción del acuerdo transaccional, acuerda conforme a lo solicitado por las partes y levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción J.....