CUARTO: El ciudadano ATANAEL MESA HERNANDEZ, antes identificado, asistido por la Procuradora Especial de Trabajadores abogada FABRICIANA NARVAEZ, en virtud del pago recibido declara no tener más nada que reclamar a la Empresa SERVICIOS DE VIGILANCIA MORAN COMPAÑÍA ANONIMA, por los conceptos antes señalados, ni por ningún otro concepto derivado de este mismo asunto, dejándolo en consecuencia totalmente cancelado y finiquitado, sin ulteriores reclamaciones, por lo que desiste tanto de la acción como del procedimiento y de cualquier procedimiento derivado de este mismo asunto.
QUINTO: Las partes se otorgan recíproco finiquito en lo que respecta a las reclamaciones y pago de los conceptos antes mencionados en este escrito.
SEXTO: Las partes solicitan del Tribunal se imparta la homologación de la presente transacción dándole el carácter de cosa juzgada, se de por terminado el presente juicio y se archive el expediente. Es Justicia. V.....