Visto que la parte actora  en fecha 31 de Mayo  de 2006, en diligencia consignada por la U.R.D.D. de este Circuito Laboral, expresamente DESISTE del procedimiento y la pretensión  de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada contra NET UNO, C.A. Y COMUNICABLE, C.A.,  este tribunal con vista a tal manifestación voluntaria de la parte actora  HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO y da por terminado este proceso, en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente.
La  Juez
Abg. Noris B. Godoy Villegas.
                                                                         La secretaria.
                                                                        Abg. Mayela Díaz.
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