En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada DAISY PULIDO SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 188.365, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la entidad mercantil TRANSPORTE UZCANGA H C.A., y del ciudadano SIMON ENRIQUE UZCANGA KRUK, respectivamente. Así se establece.
PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JULIAN RAFAEL SUAREZ ARTEAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.003, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano CANDIDO ANTONIO HENRIQUEZ. Así se establece.
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano CANDIDO ANTONIO HENRIQUEZ, contra l.....