Vista la solicitud presentada por la ciudadana MAUREEN AUXILIADORA PORTILLO PAREJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 6.131.488, e inscrita el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 91.472, actuando en su propio nombre y representación, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa a la Ley, SE ADMITE en cuanto a lugar en derecho. En consecuencia, éste Tribunal acuerda practicar inspección extra litem para el día Miércoles 20 de Febrero del presente año, a las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.), en el predio a que se contrae la presente solicitud. Lo anterior de conformidad con el artículo 938 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 190, 191 y 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.