Asimismo, la referida Ley de Tierras y Desarrollo Agrario como norma rectora para la consecución del presente proceso y el Código de Procedimiento Civil como norma supletoria a esta primera, disponen las formas procesales para la realización de los actos procesales, todos los cuales van creando el procedimiento. Estas formas procesales se conectan con la garantía constitucional del debido proceso y son una manifestación del derecho a la defensa, estas formalidades son esenciales cuando su omisión signifique la violación o menoscabo de los derechos y garantías fundamentales de los ciudadanos o cuando conlleve a un quebrantamiento del orden público legal o constitucional y en aras de garantizar los principios constitucionales previstos en los artículos 2 "Estado Democrático, Social y de Justicia", 7 "Primacía Constitucional", 26 "Tutela Judicial Efectiva", 49 "Debido Proceso", 257 "Eficacia Procesal", éste Juzgado Agrario ordena librar cartel de citación a la Junta Directiva de la Soci.....