Por las razones que anteceden este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, respecto a la demanda de amparo que interpuso el abogado JOSE GONZALO ARAUJO, identificado con cédula Nro. 3.212.431, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 102.440, respectivamente, actuando en su carácter de apoderado judicial de WILLIAM ALFREDO GARCIA, cedula de identidad N° 7.004.663, contra la empresa VIVEROLANDIA C.A.