III.- DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio por los ciudadanos NELLYS RAQUEL HIDALGO y JAVIER ANTONIO NAVAS, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.826.372 y V-9.639.027, respectivamente, ambos de este domicilio, representados por la abogada en ejercicio YOHANNA EDUVIGES ALVARADO GIMÉNEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 168.581, actuando en nombres y representación de los ciudadanos.; a tenor de lo dispuesto en la sentencia
N° 1070 dictada por la Sala Constitucional .....