-IV-
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley RESUELVE:
PRIMERO: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos, DUNIA MARGARITA LOVERA SALAZAR, LEONARDO ERNESTO LOVERA SALAZAR y AURORA SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°. V-7.091.166, V-7.136.339 y V-3.585.024, respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ciudadano ERNESTO ALI LOVERA GUEVARA, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-393.558, fallecido el doce (12) de diciembre de 2023, tal como consta en acta de Defunción emanada de la oficina de Registro Civil del municipio.....