Seguidamente el tribunal visto el pedimento de la parte actora acuerda lo solicitado, mantiene la comisión hasta tanto sea cumplida en su totalidad, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 6:00 de la tarde