Por cuanto observa este Tribunal que en la presente solicitud, el ultimo retiro se efectuó el día 28-03-2.008, tal como consta al folio 19; y por cuanto en la misma no se ha realizado otra consignación desde el día 09-01-2.008 tal como consta al folio 14; este Tribunal da por concluida la presente solicitud ordenando el archivo de la misma para su posterior remisión a la Oficina de Archivo Judicial del Estado Carabobo. Désele salida y archívese.-