ACUERDA el cese de manera inmediata de las medidas que le fueron impuestas por este Tribunal en fecha 28-08-2008, al ciudadano EDUARDO JOSÉ CARRUIDO, en virtud del Archivo Fiscal decretado por la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público del Estado Carabobo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 315 del Código Orgánico Procesal Penal.