III
DISPOSITIVO
En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por el ciudadano José Gabriel Delgado Torres, venezolano, mayor de edad, titulare de la cédula de identidad No. V-15.332.696, asistido por el abogado Luis Rafael Pereira Espinoza, Inscrito en el Inpreabogado bajo el No 81.146. Expídase por la Secretaría de este Tribunal, dos (02) juegos de copia certificada de la presente sentencia para ser remitidas junto con oficio a la Oficina Primera Autoridad Civil de la parroquia Sucre, del Municipio Libertador del Distrito Capital y del Registro Principal, a los fines de que se estampen las no.....