REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Puerto Cabello, 03-noviembre-2006
196º y 147º
Por recibido y visto el oficio No. 465-06, de fecha 06-octubre-2006, proveniente del Juzgado Quinto Ejecutor de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circuns-cripción Judicial del Estado Zulia, contentivo de la comisión No. 3203-06, de embargo preventivo; se acuerda agregarlo a los autos; y por cuanto se ob-serva que en fecha 05-octubre-2006, la parte demandante y demandada, por vía de transacción, acordaron dar por terminado el presente procedi-miento, suspendiendo la medida decretada en fecha 18-septiembre-2006; este tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación y le imprime carácter de sentencia pasada con auto.....