DECISIÓN. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de la ciudadana LIGIA FILIMON FERMIN MAURENA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.010.251, domiciliada en el lote de terreno ubicado en La 1 era Transversal Nº 102 de Colinas de Girardot, del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo