En mérito a las anteriores consideraciones este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con Sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDO EL RECURSO DE APELACIÓN incoado por el ciudadano EDGAR JOSE SIVIRA SOLARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 4.170.711, debidamente asistido por el abogado Anibal Palencia, Defensor Publico, Adstrito a la Defensa Publica Del estado Carabobo, en contra de la Sentencia dictada en fecha 23-03-2010, por la Juez Unipersonal N° 04 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del código de Procedimiento Civil, la recurrida adquiere fuerza de casa juzgada formal. ASÍ SE DECIDE