DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano, ASDRUBAL RAFAEL HERNANDEZ MORALES, titular de la cedula de identidad Nº 8.610.285 en contra de la Sociedad de Comercio INVERSIONES Y CONSTRUCCION HCL C.A. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia se ordena a la parte demandada pagar al accionante, la cantidad total de CINCUENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON DIECISIETE CENTIMOS (Bs. 51.183,17) además lo que resulte de experticia complementaria que se ordena a tal efecto en relación a los intereses de mora; y a la corrección monetaria respectivamente, la cual es ordenada por este Tribunal, y practicada por un experto nombrado por el juez de ejecución; en cuanto a los intereses de.....