Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos RIGOBERTO MÉNDEZ, WENTHER GUEVARA, HÉCTOR CEBALLOS, JOSÉ MARQUINA, PABLO YÁNEZ, DÁMASO MARTÍNEZ, PABLO ZARATE, WILMER GARCÍA, JULIO BRACAMONTE, titulares de las cédula de identidad números 11.352.955, 11.363.580, 9.536.878, 12.523.111, 11.277.309, 8.755.008, 12.037.467 y 15.109.513, contra la empresa OWENS ILLINOIS DE VENEZUELA, C. A.