Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio por Accidente de Trabajo, incoado por el ciudadano DOUGLAS JOSE MONTILLA ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.931.891, de este domicilio; asistido del abogado JESUS MARRON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.004; obrando en nombre y representación del adolescente WILMER JOSÉ GARCÍA MONTILLA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.569.680.
SEGUNDO: Se declina la competencia en razón de la materia para conocer del presente asunto al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.....