"este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la circunscripción judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA MEDIDA DE SECUESTRO sobre el inmueble objeto de la controversia acordándose su deposito en la persona del demandante, dicho inmueble esta constituido por una parcela de terreno y la casa sobre ella construida, distinguida con el Nº 29, la cual forma parte de un lote de mayor de extensión marcado con el Nº y letra 22-A, ubicada en la urbanización Monteserino, sector uno, jurisdicción del Municipio San diego, distrito Valencia del estado Carabobo, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones son las siguientes: dicha parcela tiene una superficie de ciento cincuenta y un metrosw cuadrados con cincuenta y cinco decímetros cuadrados (151,55 mts2) y le corresponde un porcentaje de 0,118% y se encuentra alinderada así: NORTE: con la parcela Nº 30, SUR: con la parcela Nº 28, ESTE: con.....