DECISIÓN
Vista la declaración unilateral y voluntaria de la parte recurrente en el presente asunto, mediante la cual renuncia al Recurso de Nulidad conjuntamente con solicitud subsidiaria de suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa N° 00186, dictada en fecha 26 de julio de 2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Autónomos Puerto Cabello y Juan José Mora, según Expediente Administrativo Nº 049-2010-01-00425, y dado que con ello no se quebranta norma alguna, este TRIBUNAL IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOGACIÓN JUDICIAL, con lo cual se da por terminada la causa, y se ordena su remisión al archivo de este Circuito Judicial de los Tribunales del Trabajo. Sede Puerto Cabello. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, a los tres (0.....