Vista la transacción de fecha 30 de enero del año 2009, presentada por los ciudadanos JAIRO SANTELIZ, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el No. 55.544, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FELIX FRANCISCO RODRIGUEZ, por una parte y por la otra la entidad mercantil RECURSOS HUMANOS BUQUEMAR, C. A, representada por su apoderado judicial, abogado YBRAIN VILLEGAS POLANCO, Inscrito en el IPSA bajo el No.. 61.340, donde solicitan del tribunal que homologue el acuerdo suscrito entre las partes y que riela a los folios (417 y 418) del presente Expediente.
El Tribunal de la causa, con vista de la transacción suscrita entre las partes y por cuanto la misma no es contrario a derecho y no viola precepto legal alguno, ni vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo ni normas de orden publico, es por lo que este Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia De Sustanciación Mediación Y Ejecución Del Trabajo de La Circuns.....