-IV-
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley RESUELVE:
PRIMERO: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos YANIRA ASCANIO DE GUERRA, LILIA MARGARITA ASCANIO DE ALVES Y PEDRO ANTONIO ASCANIO VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, la primera y segunda casadas, y el tercero soltero, titulares de las cédulas de identidad Nro. V- 6.372.710, V-4.420.834 y V-6.229.629, respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana MARÍA AGUSTINA VILLEGAS DE ASCANIO, quien en vida fuere venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V-1.754.810, con vocación hereditaria y derechos, sobre el acervo de bienes quedantes al.....