-IV-
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por mutuo consentimiento fundamentada en la sentencia N° 693 de fecha de 02 de junio del año 2015, formulado por los ciudadanos YUXNECY CARINA GOMEZ Y JOSE EULOGIO ARCILA PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-17.250.839, Y V-21.424.741, respectivamente y ambos de este domicilio
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha veintitrés (23) de agosto del año dos mil ocho (2008), por ante el Registro Civil de la Parroquia Guacara Municipio Guacara del estado Carabobo, asentada bajo el Nro. 225, .....