REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 02 de Noviembre de 2017
207º y 158º
Visto el escrito de Reforma de Demanda contentivo de DEMANDA AGRARIA, presentada por el abogado Carlos Armando Uribe Táriba, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-8.845.430, inscrito en el IPSA bajo el Nº 118.390, actuando con el carácter de apoderado judicial de la SUCESIÓN LIVIA ROSA MORENO VALERO, en contra del ciudadano RAMON ALBERTO MORENO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.356.985; y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, éste Juzgado, LA ADMITE A SUSTANCIACION, cuanto ha lugar en derecho se refiere. En consecuencia, se ordena citar a la parte demandada ya identificada, para que comparezca ante éste Juzgado dentro de los CINCO (05) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES.....