En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la MATERIA, para conocer de la demanda de DIVORCIO 185 ordinal 2°, presentada por los ciudadanos GRISEL YASMIN OVIEDO MORILLO Y FRANCISCO JAVIER ROSA AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros° V-13.987.355 y V- 15.965.210, respectivamente y ambos de este domicilio, representados por el Abogado en ejercicio ALIRIO JOSE RUIZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.293, SEGUNDO: SE DECLINA la competencia a uno de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y .....