Este Tribunal Acuerda la PROTECCIÓN POLICIAL solicitada a favor del ciudadano RIOS TORTOLERO OSWALDO JOSE, titular de la Cédula de Identidad N° 7.123.350, en su condición de Víctima, Distribución 417.07, llevada por la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a cargo de la Abogado GEIBBY GARABAN OLIVARES, quien reside en Sector Las Matas, calle principal, casa Nº 13.066 Montalbán Estado Carabobo; en consecuencia, se ordena oficiar a la Brigada de la Policía Especial para la Protección y Asistencia de las Víctimas, Testigos y demás sujetos procesales, adscrita a la Comandancia General de la Policía de Carabobo, a los fines de que comisione a unidad policial específica de la zona, la cual deberá patrullar en horas de la mañana, tarde y de la noche, tres (3) veces al día, hasta que cesen las amenazas y agresiones, o hasta que se establezcan la responsabilidad correspondiente.
Asimismo se ordena notificar a la víctima y al Fiscal Vigésimo Terc.....